Construyendo la soberanía regulatoria: etiquetado nutricional, obstáculos técnicos al comercio y comunidades de práctica
Colombia - 22 September 2022
Trade topics: Technical Barriers to Trade, Regulatory Barriers
La obesidad y otras enfermedades no transmisibles están asociadas a los hábitos alimenticios de las personas. Consecuentemente, son cada vez más los Estados que como medida regulatoria exigen un etiquetado frontal de advertencia (efa) para la comercialización de productos alimenticios poco saludables. Este tiene como propósito suministrarles a las personas información suficiente y fácilmente comprensible acerca del valor nutricional de los alimentos que consumen. Así, dicho etiquetado constituye una política de prevención de enfermedades crónicas, fundamentada en asistir a las personas en la toma de elecciones informadas de alimentación saludable como práctica de autocuidado. El presente capítulo argumenta que las políticas de efa no se adoptan e implementan en el vacío, sino en un contexto normativo específico que está sujeto a dinámicas internas y compuesto por las instituciones y los actores del derecho internacional económico. Específicamente, proponemos que el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (otc) de la Organización Mundial del Comercio (omc) ha forjado una verdadera comunidad de práctica. Esto es, una red amplia de interacciones transnacionales entre diversos actores sociales, en la cual se articulan e intercambian argumentos jurídicos, políticos, económicos y científicos sobre la adecuada interpretación de las normas de libre comercio que regulan la adopción de medidas regulatorias como el efa. Así, las distintas formas de interacción social entre los integrantes de esta comunidad de práctica producen significados jurídicos, patrones discursivos y marcos cognitivos que condicionan el margen de actuación de los gobiernos para adoptar medidas regulatorias como el efa, con repercusiones concretas para la salud pública. Pensar la construcción de significado jurídico a través de la operación de comunidades de práctica es clave, pues nos permite ver que hay un ejercicio de poder mediante el cual ciertos intereses particulares logran que prevalezca su visión sobre los límites a los que debe someterse la actividad regulatoria estatal. Sin embargo, en la medida en que actores de la sociedad civil —como las organizaciones no gubernamentales (ong)— se apropian del lenguaje y el conocimiento jurídico específico de esta comunidad de práctica, estos se convierten en partes de la interacción y, como interlocutores, adquieren la capacidad de influir en el diseño y la implementación del EFA.